Calculadora de indemnización por despido
Calcule en un minuto la indemnización orientativa que le corresponde por su despido según el tipo de extinción, su antigüedad y su salario. La calculadora aplica los módulos legales vigentes: 33 días por año en el despido improcedente (45 días para el tiempo anterior al 12/02/2012), 20 días en el despido objetivo y 12 días al finalizar un contrato temporal.
Cómo se calcula la indemnización por despido
La fórmula es siempre la misma: salario diario × días por año de servicio × años trabajados (prorrateando por meses los periodos incompletos). Las claves que cambian el resultado, y donde las empresas suelen «equivocarse» a la baja:
- El salario que cuenta es el bruto real: con prorrata de pagas extra, complementos, variables, horas extra habituales y retribución en especie (vehículo, seguro médico, ticket restaurante). Un salario diario mal calculado puede quitarle miles de euros.
- La antigüedad real: se cuenta desde el primer contrato si hubo encadenamiento de temporales sin interrupciones relevantes, incluyendo el periodo como ETT en muchos casos.
- La calificación del despido: la empresa siempre ofrece la indemnización más barata. Un despido objetivo de 20 días mal justificado se convierte en improcedente de 33/45 días si se impugna a tiempo. Esa diferencia suele multiplicar la indemnización.
La cifra del finiquito no es la última palabra
Recuerde que solo dispone de 20 días hábiles para impugnar el despido, y que firmar el finiquito «no conforme» le mantiene todas las opciones abiertas. Antes de aceptar ninguna cantidad, deje que revisemos la carta, su salario regulador y su antigüedad: la revisión inicial es sin compromiso. Más información en nuestra página sobre la indemnización por despido en Toledo.
¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?
La indemnización legal por despido improcedente u objetivo está exenta de IRPF hasta 180.000 euros, siempre que no supere los módulos legales y exista efectiva desvinculación de la empresa. Lo que se pague por encima de la indemnización legal (mejoras pactadas) sí tributa. En los despidos con acuerdo conviene planificar este aspecto antes de firmar.
¿Qué pasa si la empresa no puede pagar la indemnización?
Si la empresa es insolvente o desaparece, el FOGASA responde de la indemnización y de los salarios pendientes dentro de sus límites legales. Tramitamos la papeleta, la demanda y el expediente ante el FOGASA para que la insolvencia de la empresa no se convierta en su problema.
¿La cifra no le cuadra con lo que le ofrecen? Envíenos la carta de despido o llámenos al 687 96 07 03: revisamos el cálculo real con su nómina delante.

