Abogado para empleadas del hogar en Toledo

Las empleadas del hogar (limpieza, cuidado de mayores, niñeras, internas y externas, por horas o a jornada completa) tienen los mismos derechos básicos que cualquier trabajador: contrato, alta en la Seguridad Social, salario mínimo, vacaciones, pagas extra, paro y protección frente al despido. Muchas veces no se respetan. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Toledo defendemos a trabajadoras y trabajadores del hogar en toda la provincia.
Sus derechos, de un vistazo
| Derecho | Qué dice la norma |
|---|---|
| Contrato | Sin contrato escrito se presume indefinido y a jornada completa |
| Seguridad Social | Alta obligatoria desde la primera hora; la cotización la gestiona siempre la persona empleadora |
| Salario | SMI 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa, o 9,55 € por hora si trabaja por horas |
| Jornada | 40 horas semanales, descansos de 12 horas entre jornadas y 36 horas a la semana |
| Vacaciones | 30 días naturales al año |
| Despido | Por escrito, con causa e indemnización; si no, se aplica el régimen general del despido |
| Paro | Cotizan por desempleo desde el 1 de octubre de 2022 |
La relación laboral especial del servicio del hogar se regula en el Real Decreto 1620/2011, reformado por el Real Decreto-ley 16/2022, y en lo no previsto se aplica el Estatuto de los Trabajadores.
Guías por situación
- Despido de empleada del hogar: causas, indemnización, preaviso y qué hacer si le echan sin carta.
- Empleada del hogar sin contrato: qué derechos tiene y cómo probar la relación.
- Sin alta en la Seguridad Social: cómo regularizarlo y reclamar.
- Empleada interna: horas de presencia, descansos, alojamiento y comida.
- Empleada del hogar sin papeles: derechos laborales y arraigo.
- Salario y nómina baja: salario mínimo, pagas extra y descuentos.
- Paro de empleada del hogar: requisitos y situaciones que dan derecho.
- Baja médica y accidentes: quién paga y qué hacer.
Plazos que no debe dejar pasar
- Despido: 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación.
- Salarios, pagas o vacaciones: 1 año desde que debieron pagarse.
- Cotizaciones no ingresadas: la Seguridad Social puede exigir las de los últimos 4 años.
Si usted es la familia empleadora
También asesoramos a familias que contratan a una empleada del hogar: contrato, alta, nómina, extinción con causa y cálculo de indemnizaciones, para evitar reclamaciones posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Se aplica el Estatuto de los Trabajadores a las empleadas del hogar?
Sí, de forma supletoria: rige primero el Real Decreto 1620/2011 y, en lo que no regule, el Estatuto de los Trabajadores.
¿Existe todavía el despido por desistimiento?
No. Desde el Real Decreto-ley 16/2022 la familia necesita una causa justificada y comunicarla por escrito.
¿Tengo derecho a paro si trabajo en el hogar?
Sí, si ha cotizado por desempleo el tiempo mínimo. La cotización por desempleo es obligatoria desde el 1 de octubre de 2022.
¿Y si trabajo para varias casas?
Cada familia es una relación laboral distinta, con su propia alta, su salario y sus derechos.
Hablemos de su caso
Si trabaja en el servicio del hogar y tiene un problema con la familia que le emplea, cuéntenoslo. Llámenos al 925 96 65 51, escríbanos por WhatsApp al 687 96 07 03 o use el formulario de contacto. La primera consulta tiene un coste que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; puede ver cómo cobramos en la página de honorarios.

