Paro de la empleada del hogar en Toledo

Durante años las empleadas del hogar no tenían paro. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de febrero de 2022, el Real Decreto-ley 16/2022 lo cambió: desde el 1 de octubre de 2022 es obligatorio cotizar por desempleo y por FOGASA. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Toledo le ayudamos a conseguirlo.
Requisitos
- Estar en situación legal de desempleo.
- Haber cotizado por desempleo al menos 360 días en los 6 años anteriores. En el hogar solo cuentan los periodos desde el 1 de octubre de 2022, más los de otros trabajos.
- Inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación en plazo (15 días hábiles para no perder días).
Qué ceses dan derecho al paro
| Causa del cese | ¿Da derecho? |
|---|---|
| Extinción por causas del hogar (art. 11.2 RD 1620/2011) | Sí |
| Despido | Sí |
| Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empleador | Sí |
| Fin de contrato temporal | Sí |
| Baja voluntaria | No, salvo causas justificadas del art. 50 ET |
El artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social incluye expresamente la extinción del artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011 como situación legal de desempleo.
Cuánto dura
Depende de lo cotizado: con 360 a 539 días, 120 días de prestación, y aumenta por tramos hasta un máximo de 720 días. Si no llega al mínimo, puede tener derecho a un subsidio.
Si trabajaba para varias casas
Si pierde una de ellas y sigue en otras, puede tener derecho a la prestación por el empleo perdido, compatible con los otros trabajos a tiempo parcial. Conviene estudiarlo caso por caso.
Si el SEPE se lo deniega
Es frecuente por cotizaciones mal hechas o por dudas sobre la causa del cese. Puede presentar reclamación previa y después demanda. Vea paro denegado por el SEPE.
Preguntas frecuentes
¿Cuentan los años que trabajé antes de octubre de 2022?
Para el paro no, porque entonces no se cotizaba por desempleo en el hogar. Sí cuentan para la jubilación y otras prestaciones.
¿Si muere la persona a la que cuidaba tengo paro?
Si era su empleadora, sí: el fallecimiento del empleador es situación legal de desempleo y además le corresponde un mes de salario.
¿Y si me voy yo?
La baja voluntaria no da derecho a paro, salvo que se extinga el contrato por incumplimientos graves de la familia por la vía del artículo 50 ET.
¿Qué pasa si no me dieron de alta?
Sin cotización no hay paro. Hay que regularizar primero. Vea empleada del hogar sin alta.
Vea todas las guías en nuestra página de abogado para empleadas del hogar en Toledo.
Hablemos de su caso
Si ha perdido su trabajo en una casa y no sabe si tiene paro, revisamos su vida laboral. Llámenos al 925 96 65 51, escríbanos por WhatsApp al 687 96 07 03 o use el formulario de contacto. La primera consulta tiene un coste que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; puede ver cómo cobramos en la página de honorarios.

