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Accidente in itinere en Toledo: requisitos y prestaciones

Abogado para accidente in itinere en Toledo

Un accidente de tráfico camino del trabajo, una caída en la calle al volver a casa o un golpe al bajar del autobús pueden ser accidente de trabajo. Es el llamado accidente in itinere. Que se califique así tiene consecuencias económicas importantes, y las mutuas lo discuten a menudo. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Toledo defendemos esa calificación.

Qué dice la ley

El artículo 156.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social considera accidente de trabajo el que sufre el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. Los tribunales exigen cuatro elementos:

ElementoQué significa
FinalidadQue el desplazamiento se haga para ir al trabajo o volver de él
LugarQue ocurra en el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo
TiempoQue ocurra en un tiempo razonable, sin interrupciones por motivos personales
MedioQue el medio de transporte sea normal o adecuado

Pequeños desvíos habituales, como dejar a los hijos en el colegio de camino, han sido admitidos por los tribunales en muchos casos. Una parada larga por motivos personales o un cambio de recorrido sin justificación pueden romper la relación con el trabajo.

Por qué importa que sea accidente de trabajo

ConceptoEnfermedad o accidente comúnAccidente de trabajo
Baja (incapacidad temporal)60 % desde el 4.º día y 75 % desde el 21.º75 % desde el día siguiente a la baja
Periodo de cotización previoExigido para la mayoría de prestacionesNo se exige
Base de cálculoSin horas extraIncluye las horas extra
Incapacidad permanenteRequisitos de cotizaciónSin carencia, y alta de pleno derecho

Además, si el accidente lo causó un tercero, por ejemplo otro conductor, puede reclamar a su aseguradora la indemnización por las lesiones, con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social.

Si la mutua lo considera contingencia común

Es habitual que la mutua niegue la asistencia o le remita al médico de cabecera. En ese caso:

  1. Pida por escrito a la mutua la resolución en la que rechaza el accidente.
  2. Solicite al INSS la determinación de contingencia, aportando el parte del accidente, el atestado, testigos y el horario de trabajo.
  3. Si el INSS no le da la razón, presente reclamación previa en 30 días y, después, demanda ante el Juzgado de lo Social.

Vea también cómo actuar en accidentes de trabajo y en la incapacidad laboral.

Qué hacer después del accidente

  • Avise a la empresa ese mismo día; debe emitir el parte de accidente.
  • Acuda a la mutua de la empresa, salvo urgencia vital.
  • Guarde el atestado o el parte amistoso, los datos de testigos y los informes de urgencias.
  • Anote la hora y el recorrido: su horario y la distancia hasta el trabajo serán clave.

Preguntas frecuentes

¿Cuenta si iba en bici o en patinete?

Sí, si es un medio adecuado y lo usa habitualmente para ir al trabajo.

¿Y si el accidente fue al volver de comer a casa?

Los tribunales lo han admitido cuando la pausa para comer forma parte de la jornada y el trayecto es el normal.

¿La empresa paga un recargo por el accidente in itinere?

Normalmente no, porque el recargo exige una falta de medidas de seguridad de la empresa, algo poco frecuente fuera del centro de trabajo.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El derecho a las prestaciones prescribe a los cinco años, pero conviene actuar en cuanto la mutua lo rechace, porque las pruebas se pierden.

Hablemos de su caso

Si la mutua ha rechazado su accidente de camino al trabajo, todavía puede reclamar la calificación como accidente laboral. Llámenos al 925 96 65 51, escríbanos por WhatsApp al 687 96 07 03 o use el formulario de contacto. La primera consulta tiene un coste que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; puede ver cómo cobramos en la página de honorarios.