Baja médica y accidente de la empleada del hogar

Las empleadas del hogar tienen derecho a la incapacidad temporal como el resto de trabajadores, con algunas particularidades sobre quién paga y cuándo. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Toledo le ayudamos si tiene problemas con su baja o ha sufrido un accidente.
Quién paga la baja
| Periodo | Quién paga |
|---|---|
| Días 1 a 3 (enfermedad común) | Sin prestación, salvo mejora pactada |
| Días 4 a 8 (enfermedad común) | La familia empleadora |
| Desde el día 9 (enfermedad común) | La Seguridad Social o la mutua, directamente a usted |
| Accidente de trabajo | Prestación desde el día siguiente a la baja |
Así lo establece el artículo 251 de la Ley General de la Seguridad Social. En el hogar no hay pago delegado: la prestación la abona directamente la entidad gestora, no la familia.
Accidentes en la casa
Caídas al limpiar, quemaduras en la cocina, lesiones de espalda al movilizar a una persona mayor… son accidentes de trabajo y dan derecho a la protección por contingencias profesionales. Si el accidente le deja secuelas, vea incapacidad permanente.
La familia también debe prevenir riesgos
El Real Decreto 893/2024 obliga a la familia empleadora a evaluar los riesgos del trabajo en la casa, adoptar medidas, facilitar equipos adecuados y entregar a la empleada copia de esas medidas. El coste no puede recaer en la trabajadora. Además, el incumplimiento grave de las obligaciones de seguridad y salud es justa causa de dimisión (artículo 7 del Real Decreto 1620/2011).
Si le despiden estando de baja
Un despido motivado por la enfermedad puede ser nulo por discriminación. Vea despido estando de baja y despido de empleada del hogar.
Preguntas frecuentes
¿Necesito estar dada de alta para cobrar la baja?
Sí. Si no está de alta, hay que regularizarlo. Vea empleada del hogar sin alta.
¿La familia me puede descontar los días de baja?
Los días de baja no se trabajan ni se cobran como salario, pero los días 4 a 8 la familia debe abonarle la prestación.
¿Qué hago si me hago daño trabajando?
Comuníquelo enseguida a la familia, acuda al médico indicando que ha sido en el trabajo y guarde los informes.
¿Me pueden despedir por estar de baja?
La enfermedad no puede ser el motivo del despido. Si lo es, el despido puede ser nulo.
Vea todas las guías en nuestra página de abogado para empleadas del hogar en Toledo.
Hablemos de su caso
Si tiene problemas con su baja o ha sufrido un accidente trabajando en una casa, llámenos. Llámenos al 925 96 65 51, escríbanos por WhatsApp al 687 96 07 03 o use el formulario de contacto. La primera consulta tiene un coste que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; puede ver cómo cobramos en la página de honorarios.

