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Contratos temporales en fraude en Toledo: cómo reclamar ser trabajador fijo

Abogado para reclamar la condición de fijo en Toledo

Desde la reforma laboral de 2021, el contrato de trabajo se presume indefinido y los temporales solo caben en dos casos muy delimitados. Aun así, muchos trabajadores siguen encadenando contratos «por circunstancias de la producción» durante años. Cuando se incumplen las reglas, la ley es clara: el trabajador adquiere la condición de fijo. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Toledo revisamos su vida laboral y sus contratos para comprobarlo.

Solo dos contratos temporales

  • Por circunstancias de la producción: incremento ocasional e imprevisible de la actividad u oscilaciones que generan un desajuste temporal, incluidas las vacaciones. Máximo 6 meses, ampliable a un año por convenio sectorial. Para situaciones previsibles de duración reducida, la empresa solo puede usarlo 90 días al año, no continuados.
  • Por sustitución de una persona con derecho a reserva de puesto, con su nombre y la causa en el contrato, para completar una jornada reducida, o para cubrir un puesto durante un proceso de selección, como máximo tres meses.

El contrato debe especificar con precisión la causa, las circunstancias concretas que la justifican y su relación con la duración prevista. Una causa genérica, como «acumulación de tareas», no basta.

Cuándo es usted fijo

El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores convierte en fijo al trabajador:

  • Contratado incumpliendo las reglas del artículo 15: sin causa real, con causa genérica, para la actividad normal y permanente de la empresa o superando la duración máxima.
  • Que no fue dado de alta en la Seguridad Social pasado un plazo igual al del periodo de prueba.
  • Que en un periodo de 24 meses ha estado contratado más de 18 meses, con o sin interrupciones, para el mismo o distinto puesto en la misma empresa o grupo, con dos o más contratos por circunstancias de la producción, directamente o a través de una ETT.
  • Que ocupa un puesto que ha estado cubierto más de 18 meses en 24 con contratos por circunstancias de la producción, aunque fuera por otras personas.

Además, las contratas y subcontratas que forman parte de la actividad habitual de la empresa no justifican por sí mismas un contrato temporal: lo adecuado suele ser un contrato fijo-discontinuo o indefinido.

Cómo se reclama

Mientras el contrato está vivo, puede presentar una demanda para que se declare que es usted trabajador fijo, con su antigüedad real desde el primer contrato. Antes hay que presentar la papeleta de conciliación. La antigüedad importa mucho: es la que se usará para calcular una futura indemnización por despido.

Si le cesan por «fin de contrato»

Si el contrato temporal era fraudulento, la extinción por fin de contrato es un despido, normalmente improcedente, con indemnización de 33 días por año calculada con toda la antigüedad. El plazo es de 20 días hábiles. Vea fin de contrato temporal y despido improcedente. Si el contrato era válido, le corresponde una indemnización de 12 días por año al terminar, salvo en contratos formativos y de sustitución.

Fijos discontinuos

Si trabaja por temporadas o campañas, su contrato debería ser fijo-discontinuo. Su antigüedad se calcula por toda la duración de la relación, no solo por los días trabajados, y la empresa debe llamarle según criterios objetivos. Si no le llaman, puede reclamar desde que conozca la falta de llamamiento: suele tratarse como un despido, con 20 días hábiles.

En la Administración

En el sector público el trabajador temporal en fraude no se convierte automáticamente en fijo, sino en indefinido no fijo, y el abuso puede dar derecho a una indemnización. Lo explicamos en abuso de temporalidad de interinos.

Preguntas frecuentes

Llevo años encadenando contratos en la misma empresa, ¿soy fijo?

Si en 24 meses ha estado más de 18 con dos o más contratos por circunstancias de la producción, sí. También si los contratos no tenían una causa temporal real. Revisamos su vida laboral.

¿Hay plazo para reclamar la condición de fijo?

Mientras el contrato sigue vivo, puede reclamarla. Si ya le han cesado, el plazo es el del despido: 20 días hábiles.

¿Cuentan los contratos con una ETT?

Sí. Los contratos de puesta a disposición por circunstancias de la producción cuentan para el límite de 18 meses en 24.

¿Me pueden despedir por reclamar?

Una represalia por reclamar sus derechos vulnera la garantía de indemnidad y el despido sería nulo.

Hablemos de su caso

Envíenos su vida laboral y sus contratos y le diremos si es usted fijo. Llámenos al 925 96 65 51, escríbanos por WhatsApp al 687 96 07 03 o use el formulario de contacto. La primera consulta tiene un coste que se descuenta de los honorarios si nos encarga el asunto; puede ver cómo cobramos en la página de honorarios.